Hoy hablaremos de la diferencia entre la caducidad y el consumo preferente de los alilmentos.
¿En qué se diferencia la fecha de caducidad del consumo preferente? ¿Hasta cuándo puedo consumir sin peligro un alimento con una indicación u otra?
Algunas características microbiológicas de los alimentos
Primero debemos recordar que, todos los alimentos contienen de forma natural una carga microbiana.
Existe una normativa del Codex Alimentario CAC/GL 21 – 1997, donde se fijan unos criterios microbiologicos para los alimentos.
Se entiende como criterio microbiológico para un alimento la aceptabilidad de un producto o un lote de alimento basada en la ausencia o presencia, o en la cantidad de microorganismos, incluidos parásitos, y/o en la cantidad de sus toxinas / metabolitos por unidad o unidades de masa, volumen, superficie o lote.
Fecha de caducidad y fecha de consumo preferente.
La fecha de caducidad.
Se fija porque el incremento de esta carga microbiana es la responsable de la descomposición de los alimentos.
Y cuando incrementa en cantidad, y es consumida, pueden producir enfermedades, llegando a ser un riesgo para la salud de las personas.
Consumo preferente:
En cambio el caso de consumo preferente, esta fecha establece el periodo en el que se garantiza la calidad organoléptica;
- sabor,
- color,
- olor, etc.
Una vez pasada la fecha, en principio no conlleva ningún riesgo para la salud de las personas
Porque básicamente los daños en los alimentos serían por ejemplo: perdida de olores, aparición de sabores desagradables, etc.
Es importante que se respeten siempre las fechas de caducidad, porque el hecho de no respetarlas puede acarrear efectos nocivos para la salud del quien lo consume.
Sin embargo en el caso de la fecha preferente, como no afecta de una forma directa a la salud, dependerá del producto, no hay ninguna indicación ni recomendación, debido a que solo es una cuestión de gusto (organoléptica),
Este artículo es orientativo, NO sustituye la consulta con su Nutricionista